La cuenta obligatoria de la AFP es un mecanismo de ahorro previsional obligatorio, donde se depositan las cotizaciones obligatorias de los trabajadores dependientes e independientes de Chile, sin importar su nacionalidad. Las cotizaciones obligatorias corresponden al 10% de la renta imponible mensual del trabajador, el cual se va acumulando mes a mes en esta cuenta y va creciendo de acuerdo a la rentabilidad del multifondo que el afiliado haya elegido. Este monto es 100% de propiedad del trabajador y está destinado para su futura pensión.
Adicional al 10% correspondiente a la cotización obligatoria, las AFP pueden cobrar una comisión por la administración de los fondos ahorrados por el trabajador. UNO afp tiene la comisión más baja de todas las AFP. Tanto el porcentaje de cotización previsional (% sobre renta imponible que se deposita en esta cuenta) como la comisión de las AFP, están regulados por la legislación de Chile y la normativa de la Superintendencia de Pensiones.
Las cotizaciones previsionales obligatorias son aportes mensuales calculados como un porcentaje (10%) de la renta imponible de los trabajadores dependientes e independiente, con un tope imponible. En la actualidad, el tope imponible es de 87,8 UF ($3.415.000 aproximadamente a abril de 2025). Es decir, si la renta imponible de un afiliado es mayor al tope imponible, el afiliado sólo ahorrará el 10% del tope imponible. Estos aportes se destinan a la cuenta obligatoria como ahorro previsional orientado a la futura pensión.
El 10% de tu renta imponible mensual se deposita directamente en tu cuenta de ahorro obligatorio en UNO afp. Si quieres comprobar que se esté descontando este porcentaje de tu sueldo, puedes revisar tu liquidación de sueldo que te entrega tu empleador o también puedes descargar tu certificado de cotizaciones en tu sitio privado en UNO.cl de manera 100% gratuita.
En Chile, la AFP que cobra la menor comisión es UNO afp, con una comisión de 0,49% sobre la renta imponible mensual. Esto significa que, por administrar tus ahorros y hacer gestión sobre ellos para que renten en los 5 multifondos UNO afp sólo cobra un 0,49% de tu renta imponible mensual, hasta casi 3 veces menos que otras AFP. Al pagar la menor comisión tu sueldo líquido aumenta y puede significar un ahorro en comisión al año de hasta $390.000, dinero que puedes destinar a ahorro o a otros fines.
Comisión / AFP | UNO afp | Otras AFP | ||||
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Comisión | 0,49% | 1,44% | 1,27% | 1,16% | 1,45% | 0,58% |
Comisión / AFP | Comisión |
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UNO afp | 0,49% |
Otras AFP | 1,44% |
1,27% | |
1,16% | |
1,45% | |
0,58% |
Desde 2019, la ley establece la incorporación de los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios a los regímenes de protección social. Todos los trabajadores que boletean por 5 o más Ingresos Mínimos Mensuales en el año calendario están obligados a cotizar y ahorrar para su futura pensión.
Esta obligación de cotizar se hace en la declaración anual de impuestos, conocida como Operación Renta, que se realiza entre marzo y abril de cada año, con cargo a las retenciones del año anterior.
Se pagan cada vez que realizas tu declaración de renta y te cubre el periodo entre julio del año de pago de las cotizaciones y junio del año siguiente (12 meses).
Además, se estableció un mecanismo de aumento gradual en la retención de impuestos del 10% que afecta las boletas de honorarios. El aumento en la retención informado por el Servicio de Impuestos Internos de Chile será de 0,75% por año, hasta llegar a 17% en 2028, de acuerdo con el siguiente detalle:
No debes hacer ningún otro trámite adicional, ya que la Tesorería General de la República (TGR) es quien se encarga de realizar los pagos de cotizaciones a cada institución.
En Chile, la edad de jubilación es a los 60 años para mujeres y 65 para hombres (esto lo haría con ilustración hombre y mujer y abajo la edad). Este hito marca el inicio de una nueva etapa donde, el ahorro previsional obligatorio y la rentabilidad obtenida por la AFP durante todos los años en que el trabajador cotizó se transforman en una pensión cuando el trabajador así lo decida. No es obligación pensionarse a la edad legal de jubilación, pero desde el momento que los trabajadores cumplen la edad legal de jubilación pueden iniciar su proceso de pensión.
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