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Ahorrar en mi APV

¡El mejor momento para invertir era ayer, el segundo mejor momento es ahora! Mientras antes empieces, mejor será tu futura pensión. Abre tu APV y aprovecha los beneficios que tiene ahorrar para tu futuro en UNO afp.

¿Qué es un APV y cómo funciona?

El Ahorro Previsional Voluntario es una cuenta de ahorro complementaria a tu cuenta de cotización obligatoria que tiene por objetivo mejorar tu futura pensión, cubrir lagunas previsionales y/o anticipar tu pensión aprovechando los beneficios que entrega el Estado.

Existen 2 alternativas para invertir en APV y cada una tiene un beneficio diferente, de ti dependerá elegir el que más te conviene. Además, al ahorrar en APV (en cualquiera de sus dos regímenes) podrás elegir invertir tu dinero en hasta 2 de los 5 multifondos.

Beneficio tributario APV

Régimen A APV

Régimen A:

El Estado premia tu ahorro entregándote una bonificación fiscal del 15% de lo que ahorres en el año (bonificación fiscal = lucas extras que vienen del Estado), con un tope de 6 UTM anuales que equivale a undefined aproximadamente (valor UTM a undefined), lo cual se logra ahorrando undefined y que se deposita en tu APV. Si, por ejemplo, ahorras $1.000.000 durante el año, el Estado te regalará $150.000 directo a tu cuenta APV A; además, a ese monto se le sumará la rentabilidad obtenida por el fondo en que elijas tener tus lucas.
El Estado premia tu ahorro entregándote una bonificación fiscal del 15% de lo que ahorres en el año (bonificación fiscal = lucas extras que vienen del Estado), con un tope de 6 UTM anuales que equivale a undefined aproximadamente (valor UTM a undefined), lo cual se logra ahorrando undefined y que se deposita en tu APV.Si, por ejemplo, ahorras $1.000.000 durante el año, el Estado te regalará $150.000 directo a tu cuenta APV A; además, a ese monto se le sumará la rentabilidad obtenida por el fondo en que elijas tener tus lucas.
*Valor UTM a 3 de abril 2024.
Régimen B APV

Régimen B:

Al ahorrar en este régimen, accedes al beneficio tributario que consiste en pagar menos impuestos al descontar tus aportes del cálculo de tu base imponible en la Declaración Anual de Impuestos, con un tope de 50 UF mensuales o 600 UF anuales. De esta forma, pagarás entre un 5% y 40% menos de impuestos a la renta.

¿Qué régimen me conviene más?

Como muchas cosas en la vida: Depende. Y para ser más específicos, depende de tu nivel de ingresos y del monto que piensas ahorrar mensualmente. Así, puede ser que te convenga el régimen A, el régimen B o incluso una combinación de ambos (no son excluyentes).

La respuesta corta es que si ganas menos de undefined (70 UTM, considerando valor de UTM a undefined), te conviene ahorrar en el régimen A y, en caso contrario, en el régimen B.

¡Veámoslo con un ejemplo! María y Benjamín son amigos; ambos tienen una renta líquida mensual de $1.500.000 y pueden ahorrar $215.000 cada mes.


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🙋‍♀ María decidió ahorrar en un APV régimen A. Ahorrando $215.000 cada mes, logra juntar un total de $2.580.000 en un año. Por ese monto, el Estado le regala $387.000, que corresponden a la bonificación del 15%.
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¡Importante! Recuerda que la bonificación estatal del 15% del régimen A tiene un tope de 6 UTM que equivalen a undefined (calculado con valor UTM a undefined), que se alcanza al ahorrar undefined durante el año calendario.
💁‍♂️ Por otro lado, Benjamín decidió ahorrar en un APV régimen B. En un año, él también junta $2.580.000 en su APV. Como el beneficio del régimen B es descontar el monto ahorrado del cálculo de la base imponible en la Declaración Anual de Impuestos, el monto que él ahorró estaría exento de impuesto.

Al tener una renta de $1.500.000 líquidos mensuales, según la tabla del Servicio de Impuestos Internos (SII) sobre el “Monto de Cálculo del Impuesto Único de Segunda Categoría”, su factor de impuestos es de un 4%, por lo que los impuestos que Benjamín no pagaría como beneficio serían lo ahorrado por el factor, es decir, $2.580.000 x 0,04 = $103.200.
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Fuente: Tabla de Impuesto Único de Segunda Categoría | Servicio de Impuestos Internos
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A simple vista, podemos ver que el beneficio obtenido por María con su APV régimen A es mayor al obtenido por Benjamín con su APV régimen B, cuando ambos tienen rentas inferiores a $4.603.900 (70 UTM, considerando valor de UTM a junio 2024).
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💁‍♀️ Ahora veamos el caso de Patricia, otra amiga del grupo. Patricia gana un sueldo líquido mensual de $5.000.000 y, al igual que los demás, ahorra $215.000 mensualmente. Patricia decide ahorrar en un APV régimen B. Durante el año, Patricia logra ahorrar un monto total de $2.580.000 y, dado su nivel de ingresos, según la tabla del SII, le corresponde un factor de impuestos de 23%. De esta forma, los impuestos que Patricia no pagaría como beneficio por ahorrar en APV régimen B serían lo ahorrado por el factor, es decir, $2.580.000 x 0,23 = $593.400.
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En este caso, observamos que, aunque Patricia ahorró la misma cantidad que Benjamín en su APV régimen B, su beneficio fue superior debido a que su sueldo líquido es mayor, lo que aumenta el factor con el que se calcula su Impuesto de Segunda Categoría. Además, el beneficio del APV régimen B de Patricia fue superior al que habría obtenido si hubiera optado por el APV régimen A como lo hizo María, ya que en ese caso solo habría recibido los $387.000 correspondientes al 15% de la bonificación estatal.
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¿Cuál es la comisión del APV de UNO afp?

La comisión por ahorrar en el APV en UNO afp es 0,5% anual para afiliados sobre el saldo administrado. Por ejemplo, si tienes ahorrado $1.000.000 en la cuenta, la comisión cobrada sería de $5.000 anualmente.

Rentabilidad del APV

En los últimos 12 meses, la rentabilidad de nuestros fondos ha sido:
Rentabilidad Real de los Fondos. En porcentaje anual, marzo 2023 – febrero 2024
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Fuente: Rentabilidad Real (deflactada por U.F) Abril 2025 – Superintendencia de Pensiones

¿Puedo retirar mis ahorros?

¡Sí! Pero como el objetivo de un APV es mejorar tu pensión, al momento de hacer un retiro antes de tu jubilación, pierdes los beneficios por ahorrar, por lo que nosotros te retendremos el 15% y se lo devolveremos al Estado. ¡Te recomendamos invertir tus lucas pensando en el futuro!
Si retiras tus lucas del APV en el Régimen A, perderás la bonificación fiscal del 15% anual que hayas recibido y la rentabilidad que hayan generado esas bonificaciones. Es importante mencionar que la bonificación se deposita una vez al año (después de la declaración de impuestos), en una cuenta separada a tu ahorro.
Retiro de APV
Te contamos que en UNO afp tus lucas están protegidas por estrictas regulaciones y supervisión de la Superintendencia de Pensiones de Chile, lo que garantiza la seguridad y transparencia de tus inversiones.

¡Toma la decisión de invertir hoy y abre tu APV de UNO afp!

No es obligación tener un APV, pero de todas maneras es una tremenda opción si quieres mejorar tu futura pensión.
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Infórmate sobre la rentabilidad de tu Fondo de Pensiones, las comisiones y la calidad de servicio de las AFP en el sitio web de la Superintendencia de Pensiones. La rentabilidad es variable, por lo que nada garantiza que las rentabilidades pasadas se repitan en el futuro.

BENEFICIO APV-A: En el APV Régimen A, el Estado de Chile premia tu ahorro con hasta un 15% de tus ahorros anuales, con tope de 6 UTM. Valor UTM en abril de 2025: $68.306.
IMPORTANTE: Como es un ahorro pensado en mejorar tu futura pensión, el Estado promueve el ahorro siempre y cuando no hagas retiros. Si retiras tu dinero del APV en el Régimen A, perderías la bonificación fiscal que es del 15% anual.

BENEFICIO APV-B: En el APV Régimen B, el Estado de Chile premia tu ahorro permitiéndote pagar menos impuesto a la renta. El beneficio tiene un límite de 600 UF anuales si el aporte lo haces de forma directa. Si el aporte lo haces a través de tu empleador, el límite es de 50 UF mensuales.
IMPORTANTE: Como es un ahorro pensado en mejorar tu futura pensión, el Estado promueve el ahorro siempre y cuando no hagas retiros. Si retiras tu dinero del APV en el Régimen B inicialmente se hará una retención del 15% del monto rescatado, ya que deberás pagar el impuesto global complementario correspondiente en la declaración de renta siguiente.